¿Qué es la visa de nómada digital?
La autorización de residencia para teletrabajo de carácter internacional (Ley 28/2022) permite a teletrabajadores vivir en España manteniendo su actividad profesional para empresas o clientes fuera de España.
¿Quién puede solicitarla?
- Trabajadores por cuenta ajena: que trabajen a distancia para empresas establecidas fuera de España
- Autónomos y freelancers: que trabajen para clientes extranjeros, siempre que el trabajo para clientes españoles no supere el 20% del total
Requisitos económicos
Con el SMI 2026 en 1.221€/mes:
- Solicitante: 200% del SMI = 2.442€/mes
- Por cada familiar: 75% del SMI adicional = 916€/mes
Requisitos adicionales
- Sin antecedentes penales en España ni en países de residencia en los últimos 5 años
- Seguro médico en España
- Para cuenta ajena: la empresa debe llevar al menos 1 año en funcionamiento
- Para autónomos: acreditar actividad con clientes extranjeros (contratos, facturas)
Duración
- Visado inicial (desde consulado): 1 año
- Autorización directa (en España): 3 años
- Renovación: 2 años adicionales
Régimen fiscal especial
Los nómadas digitales pueden acogerse al régimen de impatriados ("Ley Beckham"): tributar el IRPF a un tipo fijo del 24% sobre los primeros 600.000€ durante 6 años, en lugar del tipo progresivo ordinario. Una ventaja fiscal significativa.
Documentos necesarios
- Pasaporte en vigor
- Contrato de trabajo o contratos con clientes extranjeros
- Documentación que acredite la antigüedad de la empresa (mínimo 1 año)
- Justificación de medios económicos
- Seguro médico
- Certificado de antecedentes penales