🤝 Guía de Extranjería

Arraigo social en España

Guía actualizada con el nuevo Reglamento de Extranjería (RD 1155/2024)

¿Qué es el arraigo social?

El arraigo social es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que permite a personas extranjeras en situación irregular obtener un permiso de residencia y trabajo en España tras demostrar su integración. Está regulado en el Real Decreto 1155/2024 (en vigor desde mayo de 2025).

Requisitos

El informe de arraigo social

El informe lo emite los servicios sociales de tu Comunidad Autónoma (o Ayuntamiento si la CA lo ha autorizado). Recoge: tiempo de permanencia, medios económicos, vínculos familiares en España, participación en programas de integración y conocimiento del idioma. El organismo tiene 30 días máximo para emitirlo.

¿Necesito contrato de trabajo?

Con el nuevo Reglamento de 2024, el arraigo social no exige obligatoriamente un contrato. Si el informe de arraigo lo recomienda, puedes quedar eximido si acreditas medios económicos suficientes (al menos el 100% del IMV anual). Si aportas contrato, debe garantizar al menos el SMI (1.221€/mes en 2026) proporcional a la jornada.

Documentos necesarios

¿Qué permiso se obtiene y cuánto dura?

La autorización tiene duración inicial de 1 año, permite residir y trabajar en todo el territorio nacional sin limitación de ocupación, y es renovable. El plazo de resolución es de 3 meses; si no hay respuesta, el silencio es negativo.

Diferencia con el arraigo sociolaboral

El arraigo sociolaboral también requiere 2 años, pero en lugar del informe de integración necesita acreditar relaciones laborales previas de al menos 6 meses mediante sentencia o resolución firme. No requiere informe de la CA.

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